jueves, 12 de marzo de 2009

La crisis y el divorcio

NO hay un árbol que el viento no haya sacudido (proverbio hindú). Hay preguntas que están en la calle desde que la crisis ha hecho su aparición: ¿Se producen menos divorcios? ¿Influye la crisis económica en la crisis de pareja?

No hay una respuesta unánime. Por una parte, quizás la situación de recesión que estamos viviendo pueda influir en algunos casos a ralentizar el proceso de ruptura, pero creo que esto puede ocurrir cuando el conflicto es incipiente, porque si una persona ya no ve salida a su relación y el problema es ya un hecho, permanecer juntos es inviable.

Por otra parte, también es cierto que esta misma situación económica, es causa del incremento de conflictividad en la pareja. A nadie se le escapa el hecho de que habiendo dinero, las cosas se ven de otra manera. Ya lo decía el refrán "si entra el hambre por la puerta, el amor sale por la ventana". En definitiva, la crisis, por un motivo o por otro, influye, y mucho, en las rupturas de pareja. De hecho, hasta hace muy poco, si una pareja se divorciaba, podía vender la casa en el plazo máximo de seis meses y cada uno empezaba una nueva vida. Ahora la situación es distinta, ambos se ven atados por una hipoteca que les ahoga y se encuentran sin posibilidad de vender la vivienda. El escenario en este sentido no es muy halagüeño, porque la compraventa de casas continúa a la baja, y las previsiones para este 2009 son todavía más pesimistas.

Los profesionales que nos dedicamos a esta rama del derecho sabemos que este problema debe ser solventado mediante la utilización de fórmulas que, en otras circunstancias eran impensables. Así, a la hora de negociar un convenio de separación o divorcio, hay que optar por soluciones intermedias como seguir en el mismo domicilio hasta que se venda la vivienda o alquilarla para pagar la hipoteca, y mientras tanto cada uno a casa de sus padres. Este último supuesto está comenzando a darse con más asiduidad de la que podamos imaginar, porque es imposible alquilar otra casa. Lo que es un hecho es que para sobrevivir a esta crisis hay que ahorrar como sea, bien aguantando la situación familiar ( lógicamente mientras no sea un peligro para la integridad) o tomando medidas económicas como las que apuntaba antes.

Pero, ¿qué pasa si no es posible que ambas partes se pongan de acuerdo? ¿Qué pasa si al existir hijos menores ambos prefieren luchar por su custodia para conseguir la casa? En estos casos hace su aparición el procedimiento contencioso, en el cual nadie gana y todos pierden. Y es que se ha escrito mucho sobre la idoneidad del buen divorcio y de cómo las rupturas de mutuo acuerdo favorecen el clima de diálogo, generando un ambiente más favorable para relacionarse con los hijos. Yo no tengo nada que objetar a este razonamiento, de hecho estoy absolutamente convencida de sus bondades, de que lo ideal es lograr ese equilibrio, asumir que las dos partes pierden y que esas pérdidas deben compartirse.

Sin embargo, si no se tiene la gran suerte de contar con una pareja que tenga esta concepción o de que su abogado, porqué no decirlo, así se lo haga ver, tenemos un gran problema. Es cuando una de las partes cree que el otro es el que debe sacrificarse, el que debe buscar soluciones, enarbolando la mayoría de las veces la bandera del bien supremo del menor, obviando que los adultos también tienen sus derechos. Ya lo decía Bossuet: "No hay derecho contra derecho". ¿Es que es de justicia que uno de los cónyuges salga de la casa y no tenga donde vivir dignamente? ¿Es que es de derecho que existiendo un patrimonio común, uno de los cónyuges se niegue a liquidarlo y a buscar soluciones?

Habrá que releer el articulado de nuestra Constitución en la que se recoge que "todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada..." (Art. 47). Quizás debería añadirse a este precepto de nuestra Carta Magna una aclaración, " salvo si se trata de divorciados con hijos". A ningún profesional del derecho de familia se le escapa el hecho de que la liquidación de los bienes gananciales, como puede ser la vivienda, en la sentencia de separación ayudaría a reducir el porcentaje de divorcios conflictivos.

En otro orden de cosas diré que en época de crisis se producen situaciones familiares que dan lugar a una serie de procedimientos judiciales que quizás no son tan frecuentes cuando las cosas marchan mejor, y esta vez entre los ex cónyuges y una vez terminado el proceso de separación o divorcio. El más grave es el impago de las pensiones de alimentos para los hijos, que se produce unas veces por voluntad del obligado al pago y otras por imposibilidad de abonarlos al haber quedado sin trabajo o haberle sido reducido el salario. La realidad es que en los últimos meses se han iniciado muchas más ejecuciones dinerarias que antes y la solución es complicada, porque no es posible obligar a pagar al que no puede hacerlo porque se encuentra en paro. Hay que decir que a pesar de haberse creado para estos casos un Fondo de Garantía para asegurar unos mínimos en el cobro de estas pensiones alimenticias a menores e incapacitados, esta ayuda no superará los 100 euros mensuales por cada menor beneficiario y se abona por un periodo máximo de 18 meses. ¿Qué solución es ésta?

Una última consecuencia de la crisis en los procesos de familia, cuando las circunstancias económicas varían, es la proliferación de los procedimientos de modificación de medidas en los que el obligado al pago de una pensión solicita que se le reduzca su importe o incluso se le exima de ello al no tener ingresos. Los juzgados tienen que colaborar en dar solución a estos graves problemas que inciden directamente en las familias. En los tiempos que corren, los jueces no deberían ceñirse a la letra de la ley y sí buscar medidas intermedias que hagan posible el sobrellevar la situación, una situación que tenemos encima y que exige medidas drásticas.

Así, cuando es imposible hacer frente al abono de la pensión establecida en otro momento, quizás los progenitores podrán compartir el mantenimiento de los hijos al 50% teniéndolos en su compañía y si es imposible pagar la hipoteca antes de que el banco se quede con la casa, deberían alternarse en su uso, alquilarla o si hay suerte venderla. Lo que no es viable es pretender lo imposible. Las partes deben entender que el problema es de los dos, no sólo de uno de ellos.

Fuente: malagahoy.es

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